Texto de la norma
Decreto Nº 2656, que otorga exequátur de Ing. Civil a varios graduados universitarios.
(G. O. Nº 9433, del 14 de mayo de 1977)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 2656
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales Nº 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley Nº 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del artículo 6 de la Ley Nº 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la Pasantía Profesional de los Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO —Se otorga exequátur a Manuel de Jesús Ovalle Burgos, Danilo Osvaldo Pestana Valentía, Fulgencio Antonio Batista Pérez, Manuel Emilio de la Concepción García Ramírez, George Khury de la Cruz, Fernando Albérico Antonio Polanco, Juan de Jesús Ozuna Báez, Antonio de León Caba, Juan Ramón Valenzuela García, Luis Raúl Paulino Cádenas, Francisco Pimentel Hernández, Jesús María Pichardo Vicioso, Bartolo Mariano y Ercilia Hernández Rodríguez, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Ingeniero Civil, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de enero del año mil novecientos setenta y siete años; 134° de la Independencia y 114° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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