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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3587

que crea e integra una Comisión que tendrá por encargo revisar nuestros Códigos y nuestra legislación en general con el propósito de proponer al Poder Ejecutivo las modificaciones de lugar para lograr la completa igualdad jurídica tanto civil como política, de la mujer dominicana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 jun de 1973fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9310Gaceta Oficial del 18 ago de 1973
Poder Ejecutivoórgano
7personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Minerva BernardinoMiembro de un órgano—
Altagracia Bautista de SuárezMiembro de un órgano—
Licelott Marte de BarriosMiembro de un órgano—
Margarita PeynadoMiembro de un órgano—
Abigail CoiscouMiembro de un órgano—
Isabel L. Medina de ReyesMiembro de un órgano—
Haydée Contín CurielMiembro de un órganocon el propósito de proponer al Poder Ejecutivo las modificaciones que sean de lugar para lograr la completa igualdad jurídica

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 3587, que crea e integra una Comisión que tendrá por encargo revisar nuestros Códigos y nuestra legislación en general con el propósito de proponer al Poder Ejecutivo las modificaciones de lugar para lograr la completa igualdad jurídica tanto civil como política, de la mujer dominicana. (G. O. No. 9310, del 18 de Agosto de 1973) JOAQUÍN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3587 CONSIDERANDO que el actual Gobierno se ha preocupado siempre por el mejoramiento de la condición jurídica de la mujer dominicana, muy especialmente en lo que concierne al logro de su igualdad política y civil con el hombre; CONSIDERANDO que, no obstante ese empeño gubernamental, se ha puesto de relieve la subsistencia de algunas diferencias entre la capacidad civil del hombre y la mujer en textos de nuestros Códigos y otras leyes adjetivas; CONSIDERANDO que, consecuentemente, conviene que un grupo de trabajo formado por mujeres de capacidad en la materia, realice un estudio exhaustivo de nuestros Códigos y de la legislación en general, con el objeto de comprobar posibles discriminaciones en perjuicio de la mujer y proponer las enmiendas o modificaciones legales necesarias para corregirlas; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.— Se crea una Comisión compuesta por la señora Minerva Bernardino y las Doctoras Altagracia Bautista de Suárez, Licelott Marte de Barrios, Margarita Peynado, Abigail Coiscou, Isabel L. Medina de Reyes y Haydée Contín Curiel, la cual tendrá por encargo revisar nuestros Códigos y nuestra legislación en general, con el propósito de proponer al Poder Ejecutivo las modificaciones que sean de lugar para lograr la completa igualdad jurídica, tanto civil como política, de la mujer dominicana. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de junio del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 110° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona