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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1563

QUE APRUEBA LA RESOLUCION N. 140-75-C, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 dic de 1975fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9393Gaceta Oficial del 6 mar de 1976
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$547,641 · en el texto: «RD$547,640.97»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1563, que aprueba la Resolución Nº 140-75-C, del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. O. Nº 9393, del 6 de Marzo de 1976). JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1563 CONSIDERANDO que la empresa GOMAS Y PLASTICOS, C. POR A., solicitó del Directorio de Desarrollo Industrial, su clasificación en la Categoría "C", para acogerse a los beneficios de la Ley Nº 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial luego de realizar los estudios correspondientes, comprobó que la empresa solicitante reunía las condiciones exigidas por la Ley, en vista de lo cual dictó la Resolución Nº 140-75-C, de fecha 3 de octubre de 1975, clasificándola en la Categiria "C". VISTO el Artículo 38, de la Ley Nº 299, de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se aprueba la Resolución Nº 140-75-C, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 3 de octubre de 1975, que copiada textualmente dice: "RESOLUCION Nº 140-75-C CONSIDERANDO: Que la empresa GOMAS Y PLASTICOS, C. POR A., presentó al Departamento Técnico Industrial una solicitud registrada en fecha 6 de agosto de 1975 con el N° 48-75 para ser clasificada en la Categoría "C" y acogerse a los beneficios de la Ley N° 299 del 23 de abril de 1968 de Incentivo y Protección Industrial. CONSIDERANDO: Que la referida empresa se dedicará a la producción de espuma de goma de uretano Flexible de baja y alta densidad. VISTO: El informe rendido por el Departamento Técnico Industrial del cual se transcriben los siguientes puntos: Inversión total: RD$547,640.97 Localización: Carret. Mendoza Km. 8, Santo Domingo. Tipo de Proyecto: Nuevo Empleos a crear: 68 Valor agregado: RD$419,467.50 Solvencia moral y económica: Satisfactoria. VISTOS: Los artículos 9, 11, 12, 17, 24, 25, 36, 39 y 40 de la cieada Ley 299. En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha Ley, R E S U E L V E : PRIMERO: Clasificar a la citada empresa GOMAS Y PLASTICOS, C. POR A., en la Categoría "C". SEGUNDO: Concederle exoneración por el término de 8 años en proporción de un 90% de todos los derechos de impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno, que incidan sobre los siguientes artículos: Cantidades anuales Nombre de los articulos 390 Kgs. Amina PS 207 1,800 Kgs. Amina DB 1,440 Kgs. Octoato de estaño 50,310 Kgs. Gas refrigerante 720 Kgs. Colorantes 6,080 Kgs. Cloruro de metileno 42 Toneladas papel kraft satinado en una cara en rollos mayores de 64" de ancho. 343,310 Kgs. inocianato de Tolueno. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los tres (3) días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y cinco (1975), años 132° de la Independencia y 113° de la Restauración. DR. GUIDO D'ALESSANDRO, Secretario de Estado de Industria y Comercio. Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial. YO, LIC. CARLOS E. CIPRIAN B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta decisión fue tomada por los Miembros del Directorio de Desarrollo Industrial en sesión celebrada en el Despacho del Secretario de Estado de Industria y Comercio, el 3 de octubre de 1975, de la cual reposa acta en los archivos del Departamento Técnico Industrial. LIC. CARLOS E. CIPRIAN B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial." Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para los fines correspondientes DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y cinco, años 132° de la Independencia y 113° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona