Texto de la norma
Decreto Nº 1322, que autoriza a la Sra. Mercedes Núñez Acosta de Lavandier a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9387, del 24 de diciembre de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1322
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Mercedes Núñez Acosta de Lavandier, dominicana, casada, mayor de edad, de quehaceres del hogar, domiciliada y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Nury Mercedes Núñez Acosta de Lavandier;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 20 de agosto de 1975, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por la señora Mercedes Núñez Acosta de Lavandier, para que pueda cambiar su nombre por el de Nury Mercedes Núñez Acosta de Lavandier;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83, de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
Art. 1.—La señora Mercedes Núñez Acosta de Lavandier, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Nury Mercedes Núñez Acosta de Lavandier.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco; años 132º de la Independencia y 113º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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