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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1313

QUE INVISTE CON CARACTER DE POLICIA ESPECIAL VARIOS INSPECTORES SUPERINTENDENTES DESIGANADAS POR LA CORPORACION DOMINICANA DE ELECTRICIDAD.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 sept de 1975fecha
Designacióntipo
G. O. 9387Gaceta Oficial del 1 ene de 1975
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 1313 CONSIDERANDO que debido al creciente aumento de casos comprobados de sustracción de energía eléctrica, se hace necesario aumentar el número existente de Inspectores Superintendentes de la Corporación Dominicana de Electricidad, de manera de conjurar esta situación, ya que la misma afecta considerablemente sus ingresos; VISTA la Ley sobre Sustracción de Corriente Eléctrica o Agua Nº 847, de fecha 21 de febrero de 1935; VISTO el Artículo 18 de la Ley Orgánica de la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) Nº 4115, de fecha 21 de abril de 1955; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Quedan investidos con carácter de Policía Especial los Inspectores Superintendentes designados por la Corporación Dominicana de Electricidad, señores Emilio Martínez Cabral, Antonio Marmoljejos, Francisco Fernando de Jesús Méndez, Faustino Genaro Ferreras Ramos y Angel Sosa Linarde, para la comprobación de irregularidades cometidas en el uso o consumo de la energía eléctrica suministrada por la referida Corporación. Art. 2.—Se confirma la calidad de Policía Especial de los Inspectores Superintendentes designados por la Corporación Dominicana de Electricidad, conferida mediante el Decreto Nº 1044, de fecha 24 de mayo de 1971, señores Luis Herrand Elyden, Rodolfo Félix y Félix José Pérez Núñez, Fernando Antonio Reyes Calcaño, Freddy Alcides Sierra y Alfonso Vásquez. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco; años 132º de la Independencia y 113º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona