Texto de la norma
Decreto Nº 1216, que autoriza a la señorita Jacoba Carpio De Peña a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9385, del 24 de noviembre de 1975).
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1216
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señorita Jacoba Carpio De Peña, dominicana, mayor de edad, estudiante, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en [domicilio omitido], fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el Belkis Carpio De Peña;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la Ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha informado en fecha 21 de julio de 1975, que no se ha realizado oposición legal a la solicitud formulada por la señorita Jacoba Carpio De Peña, para que pueda cambiar su nombre por el de Belkis Carpio De Peña;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
Art. 1.—La señorita Jacoba Carpio De Peña, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Belkis Carpio De Peña.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de Agosto del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 113° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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