Texto de la norma
Decreto Nº 1135, que autoriza la impresión de sellos para documentos. (G. O. Nº 9383, del 25 de Octubre de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1135
VISTA la Ley Nº 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. Unico.—Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$0.06 1/4, para Certificados de declaración de nacimientos, numerados del 001 al 500000, color verde, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$1.00 para Certificados de Salud, numerados del 001 al 300000, color azul, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$5.00 para Certificado de Análisis, numerados del 001 al 200000, color azul celeste, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
La impresión de estos sellos se hará con los mismos tamaños y diseños de cada una de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de julio del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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