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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4104

QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3RO DEL DECRETO N° 3999, DEL 20 DE DICIEMBRE DE 1972

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 nov de 1973fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9322Gaceta Oficial del 1 ene de 1973
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 4104, que modifica el Artículo 3ro. del Decreto Nº 3999, del 20 de diciembre de 1972. (G. O. Nº 9322, del 14 de Diciembre de 1973) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4104 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se modifica el Artículo 3ro. del Decreto Nº 2999 del 20 de diciembre de 1972 para que el texto se lea en lo adelante en la forma siguiente: "Art. 3ro.—La determinación del artículo de producción nacional que es acreedor del galardón instituido por el presente Decreto, queda a cargo de la Secretaria de Estado de Industria y Comercio, la cual expedirá los diplomas correspondientes, después de haber oído el dictámen de una Comisión Especial que se crea para tales efectos, integrada por el Secretario de Estado de Industria y Comercio, quien la presidirá, el Presidente de la Asociación de Industrias de Santo Domingo y Santiago, respectivamente, el Presidente de la Confederación Patronal de la República y el Director Ejecutivo del Centro Dominicano de Promoción de Exportaciones (CEDOPEX). Este último miembro tendrá participación en las deliberaciones concernientes a los productos de exportación". Art. 2.—Se modifica el Articulo 4 del Decreto 2999 de fecha 20 de diciembre de 1972 que instituyó las diferentes categorias del Sello de Oro, para que rija de la manera siguiente: "Art. 4.—El Presidente de la República, o el funcionario que él designe en su representación, en ceremonia especial que se celebrará este año a partir de 16 de noviembre y dentro de la celebración de la Expo 73 Miguel Guerra Sánchez y en lo sucesivo cada año, entregará los diplomas a los señores industriales productores de los artículos galardonados”. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres, años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona