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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3695

QUE APRUEBA LAS CARACTERISTICAS ESPECIALES SUGERIDAS POR LA JUNTA MONETARIA PARA LAS MONERAS DE PLATA QUE SERAN EMITIDAS PARA COMMENORAR LOS XII JUEGOS DEPORTIVOS CENTROAMERICANOS Y DEL CARIBE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jul de 1973fecha
Otrostipo
G. O. 9314Gaceta Oficial del 1 ene de 1973
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3695, que aprueba las características especiales sugeridas por la Junta Monetaria para las monedas de plata que serán emitidas para conmemorar los XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe. (G. O. Nº 9314, del 24 de septiembre de 1973) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3695 CONSIDERANDO que el próximo año 1974 la República Dominicana será sede de los XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe; CONSIDERANDO que es propicia la ocasión para disponer una acuñación y emisión especial de monedas conmemorativas de ese evento internacional, siguiendo el precedente establecido por otros países hermanos en ese sentido; CONSIDERANDO que de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley Monetaria vigente, las monedas metálicas tendrán el peso, tipo, grabados y denominaciones que hasta la cantidad de RD$1.00 determine el Poder Ejecutivo a propuesta de la Junta Monetaria; CONSIDERANDO que la Junta Monetaria ha sugerido las características especiales que sería conveniente adoptar para la acuñación de determinada cantidad de monedas de plata conmemorativas de los XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe. VISTOS los Artículos 3 y 4 de la Ley Nº 528, de fecha 9 de octubre de 1947; VISTA la Quinta Resolución adoptada por la Junta Monetaria en fecha 17 de mayo de 1973; VISTA la comunicación Nº 6783, de fecha 25 de mayo de 1973, suscrita por el Gobernador del Banco Central y Presidente de la Junta Monetaria; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—Quedan aprobadas las características especiales sugeridas por la Junta Monetaria mediante el Ordinal 3 de su Quinta Resolución adoptada en fecha 17 de mayo de 1973, para las monedas de plata con un valor facial de RD$1.00 cada una, que serán emitidas para conmemorar los XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe, a celebrarse en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán el próximo año 1974, características éstas que serán las siguientes: La moneda de Un Peso (RD$1.00) pesará 26.7 gramos y contendrá 0.900 (90%) de plata y 0.100 (10%) de cobre; llevará en el anverso, en relieve y en el centro de la moneda, un círculo y dentro del mismo, el escudo de la ciudad de Santo Domingo; al fondo el mapa territorial de la República Dominicana aureolado por veintitrés (23) rayos que simularán la radiación de luz que esparce hacia los países del área que participarán en estos Juegos. En la periferia y en círculo, la leyenda "XII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe" y el año de acuñación, 1974, separado el año de la leyenda, a la izquierda y a la derecha, por un punto en alto relieve. Debajo del círculo en que aparece grabado el escudo de la ciudad de Santo Domingo y bordeándolo, la inscripción "27 de febrero — 13 de marzo", separadas estas dos fechas por un punto en alto relieve. Debajo de esta última inscripción y en la misma forma, la leyenda "Santo Domingo 74" e inmediatamente entre esta leyenda y el año de acuñación la leyenda "Un Peso". A la derecha de esta última inscripción y en caracteres menores, la inscripción Ley .900. En el reverso, también en relieve, llevará el Escudo Nacional. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de julio del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 110° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona