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Texto
Texto de la norma
Decreto No. 93, que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo a conceder jubilación al señor José Bidó.
(G. O. No. 7737, del 31 de agosto de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 93
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, en fecha 12 de agosto del año en curso;
VISTO el artículo 162 de la Ley de Organización del Distrito de Santo Domingo No. 3456 de fecha 21 de diciembre de 1952;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se autoriza al Consejo Administrativo del Distrito de Santo Domingo, a asignar al señor José Bidó, ex empleado de ese organismo, quien ha solicitado su jubilación, una pensión de RD$17.50 mensuales, que será pagada con cargo al Presupuesto del Distrito de cada año.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona