Texto de la norma
Decreto No. 50 que crea una Comisión para todo lo relativo a la Participación de la República al Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio.
(G. O. No. 7723, del 28 de julio de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 50
VISTO el artículo 2, Párrafo IX, incisos 19 y 39, de la Ley No. 3435, de fecha 21 de noviembre de 1952;
VISTO el artículo 6, inciso d), de la Ley No. 2873, de fecha 5 de mayo de 1951;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, incisos 3º y 5º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se crea una Comisión compuesta por el Secretario de Estado de Trabajo, Economía y Comercio, quien la presidirá; y por el Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, el Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público, el Secretario de Estado de Agricultura, el Presidente de la Comisión de Fomento, el Gobernador del Banco Central de la República Dominicana, el Presidente de la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña, el Director General de Aduanas y el Director General de Rentas Internas. Dicha Comisión se en-
tenderá en todo lo relativo a la participación de la República como Parte Contratante del Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio y formulará al Poder Ejecutivo, para la decisión de éste, las recomendaciones que fueren de lugar, concernientes a dicha participación.
Art. 2.— Los miembros integrantes de la Comisión pueden ser representados en la misma por funcionarios de sus respectivos Departamentos u organismos a su cargo.
Art. 3.— El Consultor Económico y el Secretario de la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña servirán en igual capacidad en la Comisión creada por el presente Decreto.
Art. 4.— La Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña tendrá a su cargo la conservación y organización de los archivos concernientes a la participación de la República en el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de Julio año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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