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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 9941

QUE DETERMINA LA JURISDICCION DE LAS COMANDANCIAS DE PUERTO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 may de 1954fecha
Otrostipo
G. O. 7704Gaceta Oficial del 1 ene de 1954
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 9941 VISTAS las Lyes Nos. 3003, sobre Policía de Puertos y Costas, de fecha 12 de julio de 1951, y 55, del 27 de diciembre de 1938; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Queda aprobada la siguiente determinación de la jurisdicción de las Comandancias de Puerto de la República, hecha por la Secretaría de Estado de Guerra, Marina y Aviación: Se establece que el litoral de la República esté dividido en nueve (9) Comandancias de Puerto, las cuales estarán radicadas en los puertos de sus respectivos nombres y cuyas jurisdicciones serán las siguientes: 1.— BARAHONA.— Desde la desembocadura del río Pedernales hasta la punta Martín García. 2.—AZUA.— Desde la Punta de Martín García, hasta la punta Ocoa. 3.— CIUDAD TRUJILLO.— Desde Punta Salina hasta Punta Magdalena. 4.— SAN PEDRO DE MACORIS.— Desde Punta Magdalena hasta el Abra de Cumayasa. 5.— LA ROMANA.— Desde el Abra de Cumayasa hasta Punta Nisibón, incluyendo la Isla Saona. 6.—SAMANA.—Desde Punta Nisibón hasta la desembocadura del rio Barracote.— Desde Punta Pascuala hacia el Este hasta Punta Balandra desde Punta Balandra hacia el Norte hasta Cabo Samaná.— Desde Cabo Samaná hacia el Oeste hasta Punta Lanza. 7.— SANCHEZ.— Desde la desembocadura del río Barracote hasta Sánchez. Desde Sánchez hacia el Este hasta Punta Pascuala. Desde Punta Lanza hacia el Oeste y el Norte hasta Mata Puerco. 8.— PUERTO PLATA.— Desde Mata Puerco hasta Punta Rusia. 9.— PUERTO LIBERTADOR.— Desde Punta Rusia hasta la desembocadura del río Masacre. La Bahía de Las Calderas permanecerá sujeta como Estación Naval y Aérea, al régimen especial establecido por la Ley No. 55, del 27 de diciembre de 1938, siendo su jurisdicción desde Punta Ocoa hasta Punta Salina. Art. 2.— Las Comandancias de Puerto mencionadas en el artículo anterior, estarán a su vez divididas en Inspectorías de Costas, y sus jurisdicciones y asientos son los siguientes: a) INSPECTORIAS DE BARAHONA: 1.— DE PEDERNALES.— Desde Pedernales hasta Cabo Rojo. Asiento en Pedernales. 2.— DE CABO ROJO.— Desde Cabo Rojo hasta Cabo Falso. Asiento en Bahía de las Aguilas. 3.— DE OVIEDO.— Desde Cabo Falso hasta Punta Acecho. Asiento en Puerto en Medio. 4.— DE CABO BEATA.— Desde Punta Acecho hasta Cabo Beata. Asiento en Sección de Oviedo. 5.— DE PLAYA INGLESA.— Desde Cabo Beata hasta Cabo Mongón. Asiento en Sección de Oviedo. 6.— DE ENRIQUILLO.— Desde Cabo Mongón hasta Enriquillo. Asiento en Los Cocos. 7.— DE LA CIENAGA.— Desde Enriquillo hasta Bahoruco. Asiento en Sección La Sierra. 8.— DE BAHORUCO.— Desde Bahoruco hasta Otra Banda. Asiento en Sección Bahoruco. 9.— DE PUERTO ALEJANDRO.— Desde Otra Banda hasta Punta Martín García. Asiento en Sección de Puerto Alejandro. b) INSPECTORIAS DE AZUA: 10.— DE PUERTO VIEJO.— Desde Punta Martín García hasta Puerto Viejo. Asiento en Puerto Viejo. 11.— DE BOCA DEL VIA.— Desde Puerto Viejo hasta Boca del Vía. Asiento en Tortuguero. 12.— DE CARACOLES.— Desde Boca del Vía hasta Playa Chica. Asiento en Caracoles. 13.— DE OCOA.— Desde Playa Chica hasta Punta Ocoa. Asiento en Ocoa. 14.— DE PUNTA OCOA.— Desde Punta de Ocoa hasta Punta Salina bajo la dependencia de la Base Naval de la Marina de Guerra. c) INSPECTORIAS DE CIUDAD TRUJILLO 15.— DE AGUA DE LA ESTANCIA.— Desde Punta Salina hasta Punta Nizao. Asiento en Puerto Hermoso. 16.— DE PALENQUE.— Desde Punta Nizao hasta Boca de Nigua. Asiento en Palenque. 17.— DE HAINA.— Desde Boca de Nigua hasta Ciudad Trujillo. Asiento en Haina. 18.—DE LA CALETA.— Desde Punta Torrecilla hasta el Ranchito.— Asiento en La Caleta. 19.— DE AGUA DEL REY.— Desde el Ranchito hasta Punta Magdalena. Asiento en Boca Chica. d) INSPECTORIAS DE SAN PEDRO DE MACORIS: 20.— DE GUAYACANES.— Desde Punta Magdalena hasta Juan Dolio. Asiento en Guayacanes. 21.— DE JUAN DOLIO.— Desde Juan Dolio hasta Punta Macorís. Asiento en Juan Dolio. 22,— DE BOCA DEL SOCO,— Desde Punta Macorís hasta Boca del Soco. Asiento en Boca del Soco. 23.— DE CUMAYASA.— Desde Boca del Soco hasta el Abra de Cumayasa. Asiento en Cumayasa. e) INSPECTORIAS DE LA ROMANA: 24.— DE BAYAHIBE.— Desde el Abra de Cumayasa hasta el Peñón. Asiento en Bayahibe. 25.— DE GRANCHORRA.— Desde el Peñón hasta Martel. Asiento en La Granchorra. 26.— DE LA SAONA.— (Toda la isla Saona). Asiento en Mano Juan, Isla Saona. 27.— DE YUMA.— Desde Martel hasta Coyuba. Asiento en Boca de Yuma. 28.— DE JUANILLO.— Desde Coyuba hasta Cabo Engaño. Asiento en Juanillo. 29.— DE BAVARO.— Desde Cabo Engaño hasta Punta Macao. Asiento en Cabeza de Toro. 30.— DE BOCA DE MAIMON.— Desde Punta Macao hasta Punta Nisibón. Asiento en Macao. f) INSPECTORIAS DE SAMANA: 31.— DE PUNTA LIMON.— Desde Punta Nisibón hasta Punta Icaco. Asiento en Punta Limón. 32.— DE MICHES.— Desde Punta Icaco hasta la bahía de Jima. Asiento en Miches. 33.— DE LAS CAÑITAS.— Desde bahía de Jima hasta Sabana de la Mar. Asiento en Las Cañitas. 34.— DE SABANA DE LA MAR.— Desde Sabana de la Mar hasta la desembocadura del río Barracote. Asiento en Sabana de la Mar. .-- 35.- DE CARENER0.- Desde Punta Pascuala hasta Pun- ta Balandra. Asiento en Villa Ramfis. 36.-DE PUNTA BA- :LANDRA.- Desde Punta Balandra hasta Cab0 Sama- nii. Asiento en Punta Balandra. 37.- DE LAS GALERAS.- Desde Cabo Samanii hash Cabo Cabr6n. Asiento en Las Galeras. 38.-DE EL VALLE.- Desde Cab0 Cabr6n hasta Punta Lanza. Asiento en El Valle. g ) INSPECTORIAS DE SANCHEZ : 39.- DE YUNA.- Desde la diesembocadura del rio Ba- rracote hasta Sanchez, Asiento en SQn- chez. 40.- DE LOS ROBALOS.- Desde Sanchez hasta Punta Pascuala. Asiento en Los R6balos. f DE EL LIMON.- Desde Punta Lanza hasta Las Te- rrenas. Asiento en El Lim6n. 42.- DE LAS TERRENAS- Desde Las Terrenas hasta Punta Arena. Asiento en Las Terrenas. 43.-DE MATANZA.- Desde Punta Arena hasta el Cafic. Asiento en Matanza, 44.- DE EL JUNCAL,.- Desde El Caiio hasta Punta La- guna Grande. Asiento en El Juncal. 45.- DE ARROYO SA- LAD0.-Desde Punta Laguna Grande hasta Cabrera. Asiento en Arroyo Salado. 46.- DE CABRERA.- Desde Cabrera hasta Mata Puerco. Asiento en Cabrera. h) INSPECTORIAS DE PUERTO PLATA: 47.- DE RIO SAN JUAN.- Desde Mata Puerto hasta Magante. Asiento en, Rio San Juan. 48.- DE LA ERM1TA.- Desde Magante hasta Boca de Yasica. Asiento en La Ermita. 49.- DE CABARE'I'E.- Desde Boca de YAsica hasta Pie- dra de Agua. Asiento en Cabarete. 50.- DE S0SUA.- Desde Piedra de Agua hasta Boca de Cangrejo. Asiento en Sosua. 51.- DE BERGANTIN.- Desde Boca de Cangrejo hasta Punta Cafemba. Asiento e a Bergantin. 52.- DE CAMBIAS0.- Desue Punta Cafemba hasta ba- hia de Suflet. Asiento en Guzman. 53.- DE EL CAST1.- U0.- Desde Suflet hasta Boca del rio Isabela. Asiento en Lu- r: per6n. 54.- DE ESTERO HOND0.- Desde Boca del rio Isabela hasta Punta Rusia. Asiento en Estero Hondo. i) INSPECTORIAS DE PUERTO LIBERTADOR : 55.- DE ESTERO BALSA.- Desde Punta Rusia hasta Buen Hombre, Asiento en Puerto Juanita. 56.- DE BUEN HOMBRE.- Desde Buen Hombre hasta Punta Chica. Asiento en Buen Hombre. 57.- DE SALINA CH1CA.- Desde Punta Chica hasta Punta de la Granja. Asienta en Salina Chica. 58.— DE MONTECRISTI.— Desde Punta de la Granja hasta Punta Luna. Asiento en Montecristi. 59.— DE EL COPEY.— Desde Punta Luna hasta la desembocadura del río Masacre. Asiento en Puerto Libertador. Art. 3.— El presente Decreto deroga y sustituye el Decreto No. 6350 de fecha 13 de febrero de 1950, publicado en la Gaceta Oficial No. 7085, del 25 de febrero de 1950. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independenca, 91º de la Restauración y 25º de la Era de de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona