Texto de la norma
Decreto No. 9927, que integra la Junta Pro_Celebración del 25º Aniversario de la Era de Trujillo
(G. O. No. 7706, del 18 de junio de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número 9927
VISTA la Ley No. 3828, del 14 de mayo de 1954;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, incisos 3º y 5º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La Junta Pro Celebración del 25º Aniversario de la Era de Trujillo, creada por el artículo 3 de la Ley No. 3828 del 14 de mayo del presente año, estará integrada del siguiente modo:
Dr. Arturo Ravelo, Presidente,
José Antonio Jiménez, Primer Vicepresidente,
E. O. Garrido Puelo, Segundo Vicepresidente,
María Griesser Vda. Tavárez, Tercer Vicepresidente,
Juan Bautista Vicini Cabral, Tesorero,
Lic. José Cabral, Secretario; y
Domingo Bermúdez, Augusto Vega Espaillat, Lic. Marco Cabral, Dr. Heriberto Pieter, Plácido Brugal, Oscar Valdez, Francisco Caro, R. Saviñón Lluberes, Isabel Mayer, Asunción Brugal de Batlle, Pedro Heyaime, Santiago A. Ricart, Esteban Piola, Luis Ariza Julia, Luis Ginebra, Amelia C. Vda. Vicini, y Máximo Vásquez, Vocales.
Art. 2.— Se concede a la nombrada Junta franquicia postal y telegráfica para que la misma pueda realizar las funciones puestas a su cargo.
Art. 3.— Envíese a todas las SecretaríaS de Estado e instituciones oficiales, a fin de que le presten la mayor cooperación a dicha Junta en todo cuanto concierne a la conmemoración en forma solemne del 25º Aniversario de la Era de Trujillo.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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