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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3347

QUE AUTORIZA A LA SRA. CARMEN L. GONZALEZ G. A HACER CAMBIOS EN EL NOMBRE DE SU HIJO MENOR ROBERTO STALIN UBIERA G.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 abr de 1973fecha
Otrostipo
G. O. 9301Gaceta Oficial del 1 ene de 1973
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 3347, que autoriza a la Sra. Carmen L. González G. a hacer cambios en el nombre de su hijo menor Roberto Stalin Ubiera G. (G. O. Nº 9301, del 19 de Mayo de 1973) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 3347 CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por la señora Carmen Yolanda González y González, dominicana, mayor de edad, soltera, de quehaceres domésticos, domiciliada y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar el nombre que su hijo menor de edad, Roberto Stalin Ubiera González, por el de Roberto Ubiera González; CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley; CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 21 de febrero de 1973, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Carmen Yolanda González y González, para que pueda cambiar el nombre de su hijo menor de edad Roberto Stalin Ubiera González, por el de Roberto Ubiera González; VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—La señora Carmen Yolanda González y González, queda autorizada a cambiar el nombre de su hijo menor de edad Roberto Stalin Ubiera González, por el de Roberto Ubiera González. Art. 2.— El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de abril del mil novecientos setenta y tres, años 130º de la Independencia y 110º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona