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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3022

QUE APRUEBA LA RESOLUCION N° 189-71-MC, DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 mar de 1973fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9292Gaceta Oficial del 1 ene de 1973
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Decreto NO 3022, que aprueba la Resoluci6n No 189-71-MC, del Directorlo de Desarrollo Industrial. (G. 0. N O 9292, dci 17 de Febrero de 1973.) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana - NUMERO 3022 ' CONSIDERANDO que la empresa 1NI)UIAC - INDUH- TRIAS LACTEAS DOMINICANAS, S. A., fue c!asificada en la Categoria "B" mediante Resolucih No 2-68, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 5 de julio de 1968, aprobada por Decreto NP 2612, del 12 de julio del mismo aiio y modificada por Resoluci6n NP 170-71-MC de dicho Directorio, del 8 de oc- tubre de 1971, aprobada a su vez por Decreto NP 2065 del 15 de marzo de 1972; CONSIDER AND0 que la referida empresa ha solicitado se le incluyan nuevos renglones entre 10s articulos que le hail sido exonerados en virtud de su clazificaci6n; CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Indus- trial juzg6 atendible la solicitud de que se trata; VISTOS 10s articulos 23 y 38 de la Ley NQ 299, de Incen- tivo y Protecci6n Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atrjbuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.-Se aprueba la Resoluci6n NO 199-71-MC, dictada por el Directorio de Desarrollo Industrial en fechs 5 de no- viembre de 1971, la cual copiada textualmente dice psi. "RESOLUCION No 189-71-MC CONSIDERANDO: Que INDULAC - INDUSTRIAS LACTEAS DOMINICANAS, S. A., cliisificada en la Ca,tegoria - d - “B’ mediante Resoluci6n NQ 2-68 de fecha 5 de julio de 1968, aprobada en virtud del Decreto NQ 2612, de fecha 12 de julio del mismo afio, pide se le incluyan auevos renglones entre 10s articulos exonerados. CONSIDERANDO: Atendible la petici6n de que be trata. VISTA: La citada Resoluci6n NQ 2-68, modiPicada por la NQ 170-71-MC; VISTOS: Los articulos 23 y 38 de la Ley NP 299 de fecha Zl3 de abril de 1968, de Incentivo y Proteccitjn Industrial. En ejercicio de las facultadw que nos confiere dicha Ley, R E B U E L V E : f PRIMER0 : Modificar la indicada Resoluci6n NQ 2-68, para incluir entre 10s renglones exonerados 10s siguientes articulos : 30 toneladas de Recodan “B” emulsionante y estabilizador; 8 toneladas de Recodan “PGH” emulsionante y estabilizador y 5 roneltldas de Cremodan “RS” emulsionante, anualmente. SEGUNDO : Solicitar a1 Poder Ejecutivo modificar en cuanto sea necesario el seiialado Decreto NQ 2612. I DADA en Santo Doming0 de GuzmBn, Distrito Nacional, a 10s cinco(5) dias del mes de noviembre del aiio mil novecien- tos setenta y uno (1971), aiios 1289 de la Independencia y logQ de la Restauraci6n. Dra. Altagracia Bautista de Su Arez, Secre- taria de Estado de Industria y Comc!rcio. Presidente del Direc- torio de Desarrollo Industrial. YO, ING. JUAN L. blARTE. Secretario Ejecutivo del De- partamento T6cnico Industrial. CERTIFICO: que esta decisi6n fue tomada por 10s Miembros del Directorio de Desarrollo In- dustrial en sesidn celebrada en fecha 5 de noviembre de 1971 en el Despacho de la Secretaria de Estado de Industria y Co- mercio, de la cual reposa acta en 10s archivos del Departamento Tkcnico Industrial. Ing. Juan L. Marte, Secre tario Ejecutivo del Departamento Tkcnico Industrial”. Art. 2.-Se modifican en cuanto sea necesarios 10s Decre- tos Nos. 2612 y 2065, de fechas 12 de juljo de 1968 y 16 de marzo de 1972, respectivamente, Art. 3.-Enviese a las Secretariaa de Estado de Finanzas y de Industria y Comercio, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Doming0 de Guzman: Distrito Nacional, Capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s tres diss del mes de enero del aiio mil novecientos setenta y tres, afios 1299 de la Independencia y 1099 de la Restauracibn. JOAQUIN BALAGUER Decreto No 3023, que aprueba la Resoluci6n NO 2-72-C, del Directorio de Desarrollo Industrial. (G. 0. No 9292, del 17 de Febrero de 1973.) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dominicana b NUMERO 3023. ’ I CONSIDERANDO que la empresa HILANDERIAS DO- MINICANAS, C. POR A., obtuvo del Directorio de Desarrollo Industrial la clasificaci6n en la Categoria “C”, a fin de aco- gerse a 10s beneficios de la Ley NQ 299 de Incentivo y Protec- ci6n Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO que para dictar su Resoluci6n el Direc- torio de Desarrollo Industrial comprob6 que la empresa solici- tante reunia las condiciones exigidas por la Ley No 299 del 23 de abril de 1968; I ’ VISTO el articulo 38 de la Ley No 299 del 23 de abril de 1968; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : Art. 1.-Se aprueba la Resoluci6n NQ 2-724 del Directorio de Desarrollo Industrial, de feeha 24 de enero tl: 1972, que co- piada textua!mente dice asi:

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona