Texto de la norma
Decreto No. 9728, que autoriza a la Sud América, de Río de Janeiro, a ejercer el negocio de seguros de vida en la República,
(G. O. No. 7665, del 6 de marzo de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 9728
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo en fecha 12 de febrero del año en curso, por el señor J. T. Aguilar, en su calidad de Representante y Apoderado de la "Sud América", Compañía de Seguros sobre la Vida, constituída y existente de acuerdo con las leyes del Brasil, por conducto de la Secretaría de Estado del Tesoro y Crédito Público (Superintendencia de Bancos)
por el cual solicita se conceda a esta última compañía la autorización legal necesaria para poder ejercer en la República el negocio de seguros sobre la vida;
VISTA la Ley No. 96 sobre Compañías de Seguros, de fecha 20 de marzo de 1931; y
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza a la “Sud América”, Compañía de Seguros sobre la Vida, domiciliada en [domicilio omitido].
Art. 2.— Esta autorización no srá efectiva hasta tanto el Superintendente de Bancos haga la publicación prevista en el artículo 11 de la citada Ley No. 96 sobre Compañías de Seguros, después que la compañía peticionaria cumpla ante dicho funcionario con todos los requisitos legales.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.