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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 9686

CONCEDE LA NATURALIZACION DOMINICANA PRIVILEGIADA AL PREVISTERO DR. LUIS G. POSADA S.J.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 ene de 1954fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 7652Gaceta Oficial del 1 ene de 1954
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 9686, que concede la naturalizacion dominicana privilegiada a1 Presbitero Doctor Luis (3. Posada, S. J. ((3. 0. No. 7652, del 30 de enero de 1954) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la Rephblica Dominicana i Nbmero: 9686 VISTOS 10s articulos del 18 a1 21 y 30 de la Ley sobre Na- Lnralizaci6n No. 1683, del 16 de abril del 1948; f En ejercicio de la atribucih que me confiere el articulo 49, inciso 39, de la Constitucih de la Reptibilca, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se inviste con la naturalizacih dominicana, a titulo de naturalizacibn privilegiada, a1 Prebistero Doctor Luis G. Posada, S. J. Art. 2.- Como tinica formalidad se asentars el presente Decreto en 10s registros previstos en el articulo 10 de la Ley sobre Naturalizacih ya citada. Art. 3.- Enviese con tal fin a las Secretarias de Estado de lo Interior, Policia y Comunicaciones, y de Relaciones Exte- riores y Culto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la Reptiblica Dominicana, a 10s veinticinco dias del mes de enero del afio mil novecientos cincuenta y cuatro, afios l l O Q de la Independencia, 919 de la Restauraci6n y 249 de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILO MOLINA E Decreto NQ. 9687, que concede jubilaciones con pension del Estado. (a. 0. No. 7656, del 10 de febrero de 1954) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la Repziblica Dominicana NCimero 9687 - VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado No. 1316 de fecha 29 de diciembre de 1946; CONSIDERANDO: Que en e! presente cas0 10s solicitantes retinen las condiciones que exige la citada ley sobre la materia para que puedan ser jubilados, y que sus solicitudes han sido hechas de acuerdo con la misma ; En ejercicio de la atribucih que me confiere el articulo 49, inciso 39 de la Constituci6n de la Reptiblica, dicto el siguiente DECRETO: I (r Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilacibn, y se les asignan sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas :

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona