Texto de la norma
Decreto No. 9675, que deroga el Decreto No. 8221, y priva al señor César de Windt Lavandier, del derecho de usar las condecoraciones concedidales (G. O. No. 7651. del 27 de enero de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número : 9675
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, incisos 3º, 13º y 24º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Queda derogado el Decreto No. 8221, del 3 de mayo de 1952.
Art. 2.— El Señor César de Windt Lavandier, queda privado del derecho a usar las condecoraciones siguientes:
La Orden de Trujillo, en el Grado de Oficial; la Orden de Orange Nassau, de Holanda, en el Grado de Oficial; la Orden del Mérito Naval con Medalla de Mérito Naval; la Orden del Generalísimo de Primera Clase; la Condecoración de la Legión del Mérito de Estados Unidos de América, en el Grado de Comandante; la Orden de Honor y Mérito de Haití, en el Grado de Gran Oficial, así como de cualquier otra que se le hubiera concedido, o autorizado a usar.
Art. 3.— En consecuencia, se modifican en cuanto sean contrarios al presente, los Decretos No. 4670, del 22 de octubre de 1947, No. 6856, del 2 de octubre del 1950, No. 7723, del 28 de octubre del 1951, y No. 8294, del 31 de mayo de 1952, y se derogan los Decretos No. 6693, del 18 de julio de 1950 y No. 7865, del 2 de noviembre del 1951.
Art. 4.— Envíese a las Secretarías de Estado de Guerra, Marina y Aviación y de Relaciones Exteriores y Culto, para los fines procedentes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinte días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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