Texto de la norma
Decreto Nº 344, que autoriza al menor Policarpo R. Soler Ortiz a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9004, del 21 de Septiembre de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 344
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por su madre, señora Cristina Amparo Ortiz Lizardo dominicana, mayor de edad, casada, de este domicilio y residencia, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], el menor Policarpo Rafael Soler Ortiz fué autorizado, en fecha 16 de junio de 1966, a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Rafael Lizardo Ortiz;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades de publicidad requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Procuraduría General de la República ha certificado, en fecha 14 de septiembre de 1966, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Cristina Amparo Ortiz Lizardo, para que su hijo menor Policarpo Rafael Soler Ortiz cambie su nombre por el de Rafael Lizardo Ortiz;
VISTO los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El menor Policarpo Rafael Soler Ortiz queda autorizado a cambiar su nombre por el de Rafael Lizardo Ortiz.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 104° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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