miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 203

QUE CONCEDE INDULTO A VARIOS PRESOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 ago de 1966fecha
Indultotipo
G. O. 9001Gaceta Oficial del 1 ene de 1966
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 203, que concede indulto a varios presos. (G. O. Nº 9C01, del 24 de Agosto de 1966) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 203 VISTO el artículo 55, del Acto Justitucional, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se concede el beneficio del indulto, por el tiempo de las penas pendientes de cumplir, a los siguientes condenados por Tribunales de la República: CARCEL PUBLICA DE SANTIAGO RODRIGUEZ: Apolinar Torres Gómez. CARCEL PUBLICA DE SAN PEDRO DE MACORIS: Avispa Joseph, Domingo Peña, Manuel Saladín Pérez, José Príamo Pichardo, Bartolomé Díaz y Ramón Mejía. CARCEL PUBLICA DE SAN CRISTOBAL: José Brito, Reinaldo Cordero González, Eulogio Santana Núñez, Alejandro Suero Adames. CARCEL PUBLICA DE SAN FRANCISCO DE MACORIS: Francisco de la Cruz, José de la Cruz (Babito), Benito Hiciano Then. CARCEL PUBLICA DE SAN JUAN DE LA MAGUANA: Apolinar Félix Mariñez Ogando, José Alfonso de Oleo (a) Matías, Humberto Matos, Sergio Matos Félix, Augusto Montero, Nicolás Bienvenido Rodríguez, Fabian del Rosario, Alejandro Suero, Pascual Valenzuela. CARCEL PUBLICA DE JIMANI: Salvador Féliz, Luis Heredia Medrano, José Esperanza Nin. CARCEL PUBLICA DE BANI: Osiris Castillo. CARCEL PUBLICA DE SAMANA: Quiro López, Antonio de Jesús Valdez. CARCEL PUBLICA DE NAGUA: Ezequiel Jose Cabral, Belarminio o Herminio Marizán. CARCEL PUBLICA DE AZUA: Catalino J. Vicioso Rosario, Cristiano Pérez (a) Chino. CARCEL PUBLICA DE PUERTO PLATA: Angel Marrero, Aurelia Parra, Francisco Juma, María Celia Jáquez, Narciso Noesí. CARCEL PUBLICA DE COTUI: Sención Espino, Hilario de Jesús, José Manuel Meregildo, Emiliano Ferrer, Tomás Taveras, Héctor Laureano Guerra. CARCEL PUBLICA DE SALCEDO: Antonio Ramos Lora, Virgillo Quezada Abreu. CARCEL PUBLICA DE MOCA: Domingo Almonte Peralta, Francisco Antonio Bello Pedro Edilio Fernández Camacho, Darío Confesor Ureña Óvalle. CARCEL PUBLICA DE LA VEGA: Manuel Bidó, Jacobo Piña Veras, José Miguel Rodríguez, Uladislao Valentin Hurtado, Rafael Gilberto Marcial. CARCEL PUBLICA DE BARAHONA: Simeón Féliz Medina, Floriano Suero, Arcadio Ferreras Cadín, Lorenzo Peña (a) Tito. CARCEL PUBLICA DEL SEYBO: Juan Ramos. CARCEL PUBLICA DE ELIAS PIÑA: Sansón Pie, Emiliano Rodríguez. CARCEL PUBLICA DE PEDERNALES: José Eduardo González. CARCEL PUBLICA VALVERDE: Aquilino Torres. PENINTECIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA: Juan Fabal Aguero, Rosalía Amparo, José Báez Corporán, Bienvenido Caminero, Emilio Castillo, Octavio Mercedes, Manuel Mo- jica, Juan Peña Gómez, Francisco Reynoso, Ubaldo Reyes Santos. CARCEL PUBLICA DE SANTIAGO: José Ramón Armengot García, Leonor de Jesús Torres, Manuel Lizardo, Bienvenido Peralta (a) Cucullo, Bernardino Rodríguez Rodríguez, Rafael Antonio Ureña. Art. 2.—Los beneficiarios del indulto concedido por el presente Decreto que antes del cumplimiento del tiempo de sus penas, a juicio del Procurador General de la República, cometan actos de mala conducta, demostrando así que no son merecedores a la generosa medida con que se les favorece, ingresarán de nuevo en los establecimientos penitenciarios correspondientes por una orden de dicho funcionario, donde permanecerán hasta el cumplimiento de sus penas, reputándose que no han sido indultados. Art. 3.—El presente Decreto tendrá efectividad el día 16 de agosto del año en curso. Art. 4.—El Procurador General de la República queda encargado del cumplimiento del mismo. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y seis, años 122° de la Independencia y 103° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona