Texto de la norma
Decreto Nº 870, que autoriza al Sr. Anicasio de Js. Rivas G., a cambiar su nombre.
(G. O. No. 8975, del 18 de Marzo de 1966)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
NUMERO 870
CONSIDERANDO que el señor Anicasio de Jesús Rivas García, dominicano mayor de edad, soltero, chofer, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], fué autorizado a cambiar su nombre por el de Pablo de Jesús Rivas García;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que en fecha 14 de marzo de 1966 la Procuraduría General de la República ha comunicado al Poder Ejecutivo que no se ha producido ninguna oposición al deseo del señor Anicasio de Jesús Rivas García;
VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659 sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza al señor Anicasio de Jesús Rivas García a cambiar su nombre por el de Pablo de Jesús Rivas García.
Art. 2.—El presente decreto se publicará en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento y en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de marzo del mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 103º de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
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