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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 418

QUE NOMBRA AL SEÑOR S. SALVADOR ORTIZ, PRESIDENTE DE LA COMISION DE DEFENSA DEL AZUCAR Y FOMENTO DE LA CAÑA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 dic de 1954fecha
Designacióntipo
G. O. 7775Gaceta Oficial del 1 ene de 1954
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
S. Salvador OrtizDesignaciónEn sustitución de Andrés PastorizaPresidenteComisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña
Andrés PastorizaSustituido en el cargoPresidenteComisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • S. Salvador Ortiz · Presidente · Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña

    Otros 61 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 418, que nombra al señor S. Salvador Ortiz, Presidente de la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña. (G. O. No. 7775. del 4 de diciembre de 1954) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 418 VISTA la Ley que instituye la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña, No. 2873, del 5 de mayo de 1951; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 5º de la Constitución de la República, DECRETO: UNICO.— El señor S. Salvador Ortiz queda nombrado Presidente de la Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña, en sustitución del señor Andrés Pastoriza, con efectividad a partir de la fecha del presente decreto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, el día primero del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona