Texto de la norma
Decreto No. 9751, que autoriza a la señora María de Jesús Rodríguez a a hacer cambios en su nombre.
(G. O. No. 7670, del 20 de marzo de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 9751
CONSIDERANDO: Que en fecha 4 de mayo de 1953, la señora María de Jesús Rodríguez, dominicana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], debidamente renovada, domiciliada y residente en [domicilio omitido], fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la ley, para cambiar su nombre por el de María Francisca Rodríguez, por ser éste el que siempre ha usado y por el cual se le conoce;
CONSIDERANDO: Que en fechas 21 de julio y 5 de agosto de 1953, la interesada hizo fijar por Alguacil en una de las puertas del Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción de esta Ciudad y del juzgadode Paz de la Común de Imbert, lugar de su residencia y de su nacimiento respectivamente, un aviso en tal sentido; y que en fecha 27 de mayo de 1953 hizo publicar en la Gaceta Oficial otro aviso con igual propósito informativo;
CONSIDERANDO: Que en fecha 2 de marzo del año en curso, el Procurador General de la República ha comunicado al Poder Ejecutivo no haberse producido ninguna oposición al deseo de la solicitante, en el sentido ya expresado;
VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley sobre Actos del Estado Civil No. 659 de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La señora María de Jesús Rodríguez, de las generales indicadas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Francisca Rodríguez.
Art. 2.— El presente Decreto se publicará en un diario de circulación nacional, además de en la Gaceta Oficial.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de marzo del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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