Texto de la norma
Decreto No. 366, que autoriza la impresión de una emisión de sellos para la percepción del impuesto sobre la Cédula Personal de Identidad
(G. O. No. [cédula], del 24 de noviembre de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 366
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se autoriza una emisión de 300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos para la percepción del impuesto sobre
cédula personal de identidad en el tipo, color, numeración y cantidad que se indican a continuación:
300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$1.00, color verde pálido, numerados del 700,001 al 1,000.000.
Estos sellos se imprimirán en tamaño de 56 milímetros de largo por 15 milímetros de ancho, y tendrán el siguiente diseño: En el centro se destacará el Escudo Nacional; en la parte superior se leerá "República Dominicana", y más abajo "Cédula Personal de Identidad". Debajo del Escudo Nacional y en la parte inferior tendrán una franja blanca para insertar los números de la serie y cédula sobre la cual se imponen. En el ángulo inferior de la derecha y en el de la izquierda llevarán el signo de pesos y el valor facial en cifras.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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