QUE NOMBRA GOBERNADORES CIVILES PARA LAS PROVINCIAS DE TRUJILLO; LA VEGA; SAMANA; LIBERTADOR; SAN RAFAEL E INDEPENDECIA
| Persona | Qué dice el decreto | Cargo e institución |
|---|---|---|
| José A. Rivera González | DesignaciónEn sustitución de Rafael Tulio Pérez Martínez | Gobernador CivilProvincia Trujillo |
| Rafael Tulio Pérez Martínez | Sustituido en el cargo | Gobernador CivilProvincia Trujillo |
| Celestino Hernando de la Mota | DesignaciónEn sustitución de Julio Lara Fernández | Gobernador CivilProvincia de La Vega |
| Julio Lara Fernández | Sustituido en el cargo | Gobernador CivilProvincia de La Vega |
| Emiliano Camarena | DesignaciónEn sustitución de Andrés Eurípidez Díaz | Gobernador CivilProvincia de Samaná |
| Andrés Eurípidez Díaz | Sustituido en el cargo | Gobernador CivilProvincia de Samaná |
| Carlos Julio González | DesignaciónEn sustitución de José A. Rivera González | Gobernador CivilProvincia Libertador |
| José A. Rivera González | Sustituido en el cargo | Gobernador CivilProvincia Libertador |
| Raúl G. González | DesignaciónEn sustitución de Emiliano Camarena | Gobernador CivilProvincia San Rafael |
| Emiliano Camarena | Sustituido en el cargo | Gobernador CivilProvincia San Rafael |
| Andrés Eurípides Díaz | DesignaciónEn sustitución de Carlos Julio González | Gobernador CivilProvincia Independencia |
| Carlos Julio González | Sustituido en el cargo | Gobernador CivilProvincia Independencia |
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
José A. Rivera González · Gobernador Civil · Provincia Trujillo
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 5 dic de 1954. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Celestino Hernando de la Mota · Gobernador Civil · Provincia de La Vega
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 5 dic de 1954. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Emiliano Camarena · Gobernador Civil · Provincia de Samaná
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 5 dic de 1954. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Carlos Julio González · Gobernador Civil · Provincia Libertador
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 5 dic de 1954. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Raúl G. González · Gobernador Civil · Provincia San Rafael
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 5 dic de 1954. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Andrés Eurípides Díaz · Gobernador Civil · Provincia Independencia
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 5 dic de 1954. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.