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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 291

QUE SUSPENDE POR UNA AÑO EN EL EJERCITO DE SUS FUNCIONES DE ABOGADO, AL DOCTOR ANTONIO MARTINEZ RAMIREZ

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 oct de 1954fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 7765Gaceta Oficial del 1 ene de 1954
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 291, que supende por un año en el ejercicio de sus funciones de Abogado, al doctor Antonio Martinez Ramirez. (G. O. No. 7765, del 6 de noviembre de 1954) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 291 CONSIDERANDO: Que el Dr. Ant. Martínez Ramírez, do. miciliado y residente en [domicilio omitido], se ha hecho culpable de faltas graves en el ejercicio de su profesión de abogado; CONSIDERANDO: Que dicha culpabilidad ha sido reconocida por la Suprema Corte de Justicia, la cual, por su sentencia de fecha 15 de octubre del año en curso, ha declarado que procede la suspensión del Doctor Antonio Martínez Ramírez en el ejercicio de la profesión de abogado, por tal circunstancia; VISTO el expediente del caso sometido al Poder Ejecutivo por el Procurador General de la República con su oficio No. 10137 de fecha 21 de octubre del año en curso; VISTO el artículo 8 párrafo II de la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111 de fecha 3 de noviembre de 1942; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Queda suspendido el Doctor Antonio Martínez Ramírez en el ejercicio de su profesión de abogado, hasta el 27 de octubre del próximo año de 1955. Art. 2.— Comuníquese al Procurador General de la República para los fines correspondientes. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona