Texto de la norma
Decreto No. 262, que concede jubilación con pensión del Estado al Lic. José Joaquín Pérez Páez
(G. O. No. 7758, del 16 de octubre de 1954)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 262
CONSIDERANDO: Que el Lic José. Joaquín Pérez Páez, de más de 60 años de edad, quien prestó servicios al Estado durante más de 35 años, últimamente como Presidente del Tribunal de Tierras, ha solicitado su jubilación en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado No. 1316, del 29 de diciembre del de 1946, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación y se le asigna una pensión del Estado de RD$300.00 (trescientos pesos oro) mensuales, al Licenciado José Joaquín Pérez Páez.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia 92º de la Restauración y 25º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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