Texto de la norma
ser debida y oportunamente justificados al Comisario Municipal.
"ARTICULO 4.— Los infractores a la presente Ordenanza serán castigados con multas de Uno a Cinco Pesos oro o con prisión de Uno a Cinco Días, a juicio del Juez Alcalde de la Común.
"ARTICULO 5.— La presente Ordenanza deroga toda otra ordenanza de fecha anterior dictada por este Ayuntamiento sobre la materia y su ejecución queda a cargo de la Policía.
"DADA en el Palacio Municipal de la Común de La Vega, a los quince días del mes de Junio del año mil novecientos veintitrés."
El Presidente del Ayuntamiento.
Fdo.) Enrique Godoy.
Fdo.) Tomás G. Peña,
Secretario Municipal.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de Julio del año mil novecientos veinte y tres; años 80º de la Independencia y 59º de la Restauración.
J. B. VICINI BURGOS.
Presidente Provisional de la
República Dominicana.
Refrendada:
Ml. de J. Troncoso de la Concha,
Secretario de Estado de lo Interior
y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3451.
NUMERO 72.
En virtud de los poderes de que estoy investido; y
Vista la Ordenanza No. 6'23 de fecha 6 de Abril de 1923 por
la cual el Consejo Nacional de Educación, en virtud de la atribución K que le acuerda el inciso 6º del Artículo 5º de la Ley para la Dirección de la Enseñanza Pública, ha concedido el derecho de jubilación a la maestra Josefa Pérez Andújar,
DECRETO:
ARTICULO 1.— La Lista de Pensiones establecida por la Orden Ejecutiva No. 695 queda ampliada con la siguiente adición:
1490— Josefa Pérez Andújar, Baní, R. D. $20.00
Esta pensión es efectiva desde el 1º de Febrero de 1923, y la cantidad asignada queda sujeta a la reducción establecida por la Resolución No. 20 de fecha 10 de Enero de 1923.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los veintiún días del mes de Julio del año mil novecientos veintitrés.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
C. Armando Rodríguez, Secretario de Estado de Justicia é Instrucción Pública.
Refrendado:
A. Acevedo, Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS, Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3450.
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