LA LEY DE ORGANIZACION COMUNAL, PROMULGADA EN FECHA 19 DE MARZO DEL 1923, COMENZARA A REJIR A PARTIR DE LA FECHA DE LA NOMINACION DE LOS AYUNTAMIENTOS EN LA PROXIMAS ELECCIONES
Nacional no comprendidos para otras atenciones, la cantidad de TREINTA MIL PESOS ($30.000.00) para gastos necesarios y legalmente justificados del proceso electoral establecido por la Ley Electoral promulgada con fecha 12 de Marzo de 1923.
ARTICULO 2.—Todos los gastos que se hagan de ésta apropiación de fondos deberán ser autorizados previamente por el Secretario de lo Interior y Policía y justificados por comprobantes visados y archivados por el Auditor Nacional, de conformidad con las prescripciones de la Ley de Hacienda o de los reglamentos vijentes emitidos en virtud de ésta.
Dado en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de Abril de mil novecientos veinte y tres.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
El Secretario de Estado de Hacienda
y Comercio,
Eladio Sánchez.
Refrendado:
El Secretario de Estado de lo Interior
y Policía,
M. de J. Troncoso de la Concha.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS.
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3422.
NUMERO 48.
En virtud de los poderes de que está investido,
DECRETA:
Artículo único: La Ley de Organización Comunal, promul-
gada en fecha 19 de Marzo del 1923, publicada en la Gaceta Oficial No. 3417. comenzará a regir a partir de la fecha de la nominación de los Ayuntamientos en la próximas elecciones.
Dado en Santo Domingo, a los diez y seis días del mes de Abril del año mil novecientos veinte y tres.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
M. de J. Troncoso de la Concha.
Secretario de E. de lo Interior y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona