Texto de la norma
tículo 7º de la Ley para la Dirección de la Enseñanza Pública.
RESUELVE:
Art. 1º.— Monseñor A. Nouel, Arzobispo de Santo Domingo y los Señores Federico Velázquez Hernández, Licdo. Francisco J. Peynado y Licdo. Jacinto R. de Castro, quedan por la presente nombrados como los primeros cuatro miembros temporales del Consejo Nacional de Educación, efectivos estos nombramientos desde el día 1º de Enero de 1923.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, el día treinta y uno de Diciembre del año mil novecientos veintidos, años 79º de la Independencia y 59º de la Restauración.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendada:
C. Armando Rodriguez, Secretario de Estado de Justicia é Instrucción Pública.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS, Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3398.
NUMERO 19.
En virtud de las facultades de que está investido y de acuerdo con la Orden Ejecutiva No. 719 y con el Art. 83 de la Ley de Rentas Internas;
RESUELVE:
Art. 1º.— Autorizar la impresión de:
2,000,000 sellos de $ 0.02.
500,000 " " " 0.03.
2,500,000 " " " 0.04.
50,000 " " " 2.00.
Art. 2º.— El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio
dictará las disposiciones necesarias para el cumplimiento de esta Resolución.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, a los nueve días del mes de Enero, año de mil novecientos veinte y tres.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendada:
Eladio Sánchez.
Secretario de Estado de Hacienda
y Comercio.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3395.
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