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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 11

DE LOS FONDOS DEL TESORO PUBLICO NO AFECTADOS A OTRAS ATENCIONES PARA PAGAR AL SR. FEDERICO VELAZQUEZ HERNANDEZ, COMO SALDO COMPLETO E IRREVOCABLE DE LA RECLAMACION PRESENTADA EL DIA 8 DE FEBRERO DE 1

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 dic de 1922fecha
Otrostipo
G. O. 3389Gaceta Oficial del 20 oct de 1922
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Enero de 1923, se cobrará como derecho de matanza, la cantidad de UN CENTAVO ORO AMERICANO ($0.01) por cada libra de carne de cualquier animal que se sacrifique en el matadero de esta común. Art. 2.— El Síndico Municipal queda encargado de velar por el fiel cumplimiento de esta Ordenanza, la cual deroga toda otra que sea contraria, y será sometida, para fines de su aprobación, a la consideración del Superior Gobierno. Dada en la Sala Capitular del H. Ayuntamiento de Pimentel, a los 30 días del mes de Noviembre del año 1922. (Firmado) J. Ramón Montes, Presidente del Ayuntamiento. (Firmado) Amadeo de Castro H. Secretario. Dada en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los 15 días del mes de Diciembre de 1922, años 79° de la Independencia y 59° de la Restauración. J. B. VICINI BURGOS. Presidente Provisional de la República. Refrendada: J. C. Ariza. Secretario de Estado de lo Interior y Policía. JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS, Presidente Provisional de la República Dominicana. G. O. No. 3389. NUMERO 11. En virtud de las facultades de que está investido, DECRETA: ARTICULO UNICO: De los fondos del Tesoro Público que no estén afectados a otras atenciones se vota la suma de cuatro mil seiscientos pesos ($4.600.00), para pagar al Sr. Federico Velázquez Hernández, como saldo completo e irrevocable de la reclamación presentada el día 8 de Febrero de 1922, según laudo pronunciado por el Liedo. Manuel de J. Troncoso de la Concha en fecha 28 de Noviembre de 1922, en su calidad de árbitro designado por la Orden Ejecutiva No. 813, con motivo de la rescisión del contrato de inquilinato de la casa No. 17 de la calle "Hostos", de esta Capital, celebrado con el Gobierno Militar en fecha 8 de Junio de 1920. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los quince días del mes de Diciembre, año de mil novecientos veinte y dos. J. B. VICINI BURGOS. Refrendado: Eladio Sánchez. Secretario de Estado de Hacienda y Comercio. JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS, Presidente Provisional de la República Dominicana. G. O. No. 3390.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona