Texto de la norma
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3474.
NUMERO 99.
En virtud de los poderes de que estoy investido,
DECRETO:
1.— Los médicos que asistieren en los dispensarios de los hospitales designados como Instituciones de Beneficencia, de acuerdo con las disposiciones de la Orden Ejecutiva No. 420, a personas que estén en condiciones de pagar su tratamiento, según lo previsto por los artículos 53 y 54 de los Reglamentos para el régimen de dichas Instituciones, abonarán a la Administración del Hospital donde practicaren esta asistencia, un valor en dinero igual al 25% del que cargaren a dichas personas por sus servicios profesionales, como una compensación por las facilidades así ofrecidas; sin perjuicio de los cargos que deban pagar al hospital dichas personas, por los otros servicios y suministros que provea el dispensario.
2.— Dichos médicos entregarán dicho valor al Administrador del Hospital, junto con una declaración por duplicado suscrita por ellos mismos, de que la cantidad entregada es el 25% del que ha cargado por su asistencia profesional al paciente. El Administrador del hospital depositará la cantidad así recibida, con el original de la certificación, en la Tesorería de la República; y el Tesorero de la República la ingresará en el Fondo y cuenta de Instituciones Benéficas para aplicarse a los fines del artículo 6 de la Orden Ejecutiva No. 420.
3.— Los Administradores de las Instituciones de Beneficencia llevarán cuenta especial en sus libros de contabilidad, de las cantidades recibidas y entregadas por ellos en virtud de los párrafos 1 y 2 de este Decreto.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana-
na, a los once días del mes de Octubre del año mil novecientos veinte y tres.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
M. M. Sanabia,
Secretario de Estado
de Sanidad y Beneficencia
Refrendado:
A. Acevedo,
Secretario de Estado de Hacienda
y Comercio.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS.
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3474.
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