JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS.
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3461.
NUMERO 88.
En virtud de los poderes de que estoy investido,
DECRETO:
1.— Se prorrogan hasta el día 31 de Octubre de 1923 los plazos acordados por los Artículos 3 y 4 del Decreto No. 43 de fecha 3 de Abril de 1923 para que los deudores en virtud de la Ley de Impuesto Escolar sobre la Propiedad queden redimidos de los recargos y las multas incurridos por falta de pago de dicho impuesto.
2.— Al finalizar esta prórroga deberá procederse contra los deudores morosos del Impuesto Escolar sobre la Propiedad por los funcionarios a quienes la Ley encomienda el ejercicio de esta acción, hasta obtener, por los procedimientos legales, el pago de todos los impuestos vencidos.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un día del mes de Agosto del año mil novecientos veintitrés.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
Agustín Acevedo,
Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS.
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3464.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona