Decreto Nº 902, que designa el mes de noviembre de cada año como "Mes de Ayuda al Ciego".
(G. O. Nº 9377, del 16 de Agosto del 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 902
CONSIDERANDO que el Patronato Nacional de Ciegos, Inc., ha solicitado al Poder Ejecutivo que se le asigne un mes del año para la realización de sus actividades benéficas;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se designa el mes de noviembre de cada año como "Mes de Ayuda al Ciego".
Art. 2.—El Patronato Nacional de Ciegos, Inc., queda facultado a realizar en el indicado mes de noviembre una campaña pro recaudación de fondos para fines benéficos.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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