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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 836

QUE NOMBRA AL SEGUNDO VICTOR CUEVAS SANTANA, P.N., JUEZ DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE JUSTICIA POLICIAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 mar de 1971fecha
Designacióntipo
G. O. 9221Gaceta Oficial del 1 ene de 1971
Poder Ejecutivoórgano
3personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Victor Cuevas SantanaDesignaciónEn sustitución de Manuel Emilio Jiménez HernándezJuezTribunal de Primera Instancia de Justicia Policial
Manuel Emilio Jiménez HernándezSustituido en el cargoJuezTribunal de Primera Instancia de Justicia Policial
Enmanuel Alba FernándezDesignaciónCónsul Honorario de la República en Allende Estado de Couila, México

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Victor Cuevas Santana · Juez · Tribunal de Primera Instancia de Justicia Policial

  • Enmanuel Alba Fernández · Cónsul Honorario de la República en Allende Estado de Couila, México

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 30 abr de 1971. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 836, que nombra al Segundo Teniente Victor Cuevas Santana, P. N., Juez del Tribunal de Primera Instancia de Justicia Policial. (G. O. Nº 9221, del 14 de Abril de 1971) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 836 VISTA la Ley Nº 285, que crea el Código de Justicia de la Policía Nacional, de fecha 29 de junio de 1966; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.—El Segundo Teniente Victor Cuevas Santana, P. N., queda designado Juez del Tribunal de Primera Instancia de Justicia Policial, con asiento en Santiago, en adición a sus demás funciones, en sustitución del Primer Teniente Manuel Emilio Jiménez Hernández, P. N. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y uno, años 122º de la Independencia y 108º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER DECRETO: ARTICULO UNICO.—El Dr. Enmanuel Alba Fernández, queda designado Cónsul Honorario de la República en Allende Estado de Couila, México. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y uno, años 122º de la Independencia y 108º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona