Texto de la norma
Decreto Nº 885, que aprueba la Resolución Nº 31—75—MC. del Directorio de Desarrollo Industrial.
(G. O. Nº 9376, del 9 de Agosto de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 885
CONSIDERANDO que la empresa COMPAÑÍA INDUS-
TRIAL LECHERA, C. POR A., fué clasificada en la Categoría "C", mediante Resolución Nº 23-68, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 25 de octubre de 1968, aprobada en virtud del Decreto Nº 3057, de fecha 2 de diciembre del mismo año, modificada por las Resoluciones Nos. 57-70 y 79-70 de fechas 22 de mayo y 26 de junio de 1970, aprobadas por los Decretos Nos. 5253 y 66, de fechas 23 de julio y 31 de agosto del citado año, respectivamente, ha pedido la inclusión de 50 toneladas de leche en polvo para la fabricación de queso;
CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial juzgó atendible dicha solicitud;
VISTOS los Artículos 23 y 38 de la Ley Nº 299, de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se aprueba la Resolución Nº 31-75-MC, dictada por el Directorio de Desarrollo Industrial en fecha 14 de febrero de 1975, que copiada textualmente dice:
"RESOLUCION NO. 31—75—MC
CONSIDERANDO: Que la empresa COMPAÑÍA INDUSTRIAL LECHERA, C. POR A., clasificada en la Categoría "C", por el término de 15 años, en base a la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968, de Incentivo y Protección Industrial, mediante la Resolución Nº 23-68 dictada por Directorio de Desarrollo Industrial en fecha 25 de octubre de 1968, aprobada en virtud del Decreto Nº 3057 de fecha 2 de diciembre del mismo año, modificada por las Resoluciones Nos. 57-70 y 79-70 de fechas 22 de mayo y 26 de junio de 1970, aprobadas por los Decretos Nos. 5253 y 66 de fechas 23 de julio y 31 de agosto del citado
año, respectivamente, ha pedido la inclusión de 50 toneladas de leche en polvo para la fabricación de queso.
CONSIDERANDO: Atendible la peticion de que se trata, procede acogerla favorablemente.
VISTAS: Las Resoluciones arriba citadas.
VISTOS: Los articulos 23 y 38 de la Ley Nº 299 del 23 de abril de 1968, de Incentivo y Protección Industrial.
En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley,
R E S U E L V E :
PRIMERO: Modificar las Resoluciones Nos. 23-68, 57-70 y 79-70, para incluir en la clasificación que disfruta la empresa COMPANIA INDUSTRIAL LECHERA, C. POR A., por el resto del periodo de la clasificación 50 toneladas de leche en polvo para la fabricación de queso, en proporción de un 50% de exoneración.
NOTA: Las importaciones de leche en polvo serán autorizadas cada vez por el Departamento Técnico Industrial luego de determinar si la escasez de leche fresca persiste.
SEGUNDO: Solicitar al Poder Ejecutivo modificar en cuanto sea necesario los Decretos Nos. 3057, 5253 y 66.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a los catorce (14) días del mes de febrero del año mil novecientos setenta cinco (1975), años 131º de la Independencia y 112º de la Restauración. PEDRO PABLO VILLANUEVA, Secretario de Estado de Industria y Comercio. Presidente del Directorio de Desarrollo Industrial.
YO, LIC. CARLOS E. CIPRIAN B., Secretario Ejecutivo del Departamento Técnico Industrial, CERTIFICO: Que esta
. ’
-+-
decisi6n fue tomada por l o ~
Miembros del Directorio de Desa-
rrollo Industr’al en seri6n celebrada el dia 14 de febrero de
1975, en el Despecho del Secretario de Estedo de Industria y
Comercio, de la cua! reposa acta en 10s archivos del Departa-
mento Tkcnico Industrial. LIC. CARLOS E CIPRIAN B., Sc-
cretario E jccutivo del Departamento Tkcnico Industrial,”
Art. 2.453 modifica en cuanto sea necesario, 10s Decretos
Nos. 3057, 5253 y 66, de fechas 2 de diciemhre de 1968, 23 de
julio y 31 de agosto de 1970, respectivamente.
Art. 3.-Enviese
a las Secretarias de Estado de Fina,nzaa
y de Industria y Comercio, para lo: fines correspondientes.
DADO en Santo Doming0 de Cuzman. Distrito Nacional,
Capital de Is Rep6blica Dominicana, a 10s veinte dias del mrs
cie mayo del alio mil novec‘entos setenta cinco; afios 1320 de la
Independencis y 112‘ de la Restauraci6n.
JOAQUIN BALAGUER
a
Decreto NQ 886, que aprneba la Resoluci6n No 30-75-CC,
del Diretorio
de Desarrollo Industrial.
I(; 3. V 9376. c 1 9 de -$goso c k 1975)
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.