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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 810

QUE AUTORIZA A LA COMPAÑIA DE SEGUROS LA CRUZ AZUL C. POR A., A CAMBIAR SU NOMBRE POR EL DE LA METROPOLITANA DE SEGUROS, C. POR A., Y A EJERCER LOS NEGOCIOS DE SEGUROS EN TODOS LOS RAMOS EN EL TERRITORIO NACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 mar de 1971fecha
Otrostipo
G. O. 9218Gaceta Oficial del 1 ene de 1971
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 810, que autoriza a la Compañía de Seguros "La Cruz Azul", C. por A., a cambiar su nombre por el de "La Metropolitana de Seguros, C. por A., y a ejercer los negocios de Seguros en todos los ramos en el territorio nacional. (G. O. N° 9218, del 23 de Marzo de 1971) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 810 VISTA la instancia de fecha 11 de noviembre de 1970, que por mediación de la Superintendencia de Seguros ha elevado al Poder Ejecutivo la Compañía de Seguros de Salud "La Cruz Azul", entidad aseguradora debidamente constituida y existente con arreglo a las leyes de la República Dominicana; VISTA la Ley N° 3788, sobre Compañías de Seguros, de fecha 19 de marzo de 1954, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— La Compañía de Seguros de Salud "La Cruz Azul", C. por A., constituida y organizada con arreglo a las leyes de la República Dominicana, queda autorizada a cambiar su nombre por el de "La Metropolitana de Seguros, C. por A.", y a ejercer los negocios de Seguros en todos los ramos en el territorio nacional. Art. 2.—Esta autorización no será efectiva hasta tanto el Superintendente de Seguros haga la publicación prevista en el artículo 6 de la mencionada ley, y la solicitante haya cumplido con todos los requisitos legales previstos por la ley. Art. 3.—Queda derogado el Decreto Nº 853, de fecha 15 de marzo de 1966, mediante el cual fue autorizada la Compañía de Seguros de Salud "La Cruz Azul" a ejercer los negocios de Seguros en el ramo de enfermedades en el país. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona