Texto de la norma
Decreto N° 829, que concede naturalización dominicana a los señores Chuag Cheng y Sau So Cheng (G. O. N° 9376, del 9 de Agosto de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 829
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de
Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo los esposos Chung Cheng y Sau So de Cheng, de nacionalidad china, mayores de edad, casados, comerciante y de quehaceres del hogar, portadores de las cédulas de Identificación Personal Nos. [cédula] y [cédula], respectivamente, domiciliados y residentes en [domicilio omitido];
VISTOS los domucentos que acompañan dicha instancia;
VISTA la Ley N° 1683, sobre Naturalización de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede naturalización dominicana a los esposos Chung Cheng y Sau So de Cheng, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.—Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de mayo del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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