Texto de la norma
Decreto Nº 1751, que autoriza al Ayto. del Municipio de Santiago a vender un solar de su propiedad.
(G. O. Nº 9250, del 1º de Enero de 1972)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1751
VISTA la certificación de fecha 8 de julio de 1971, expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Santiago, en relación con lo resuelto por dicho Ayuntamiento en la sesión ordinaria celebrada el 29 de junio del citado año, según consta en el Párrafo c) del Acta correspondiente Nº 21:
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y la Ley Nº 5577, del 14 de julio de 1961:
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a vender en favor del Dr. Eduardo Antonio Alvarez Perelló, el Solar Municipal Nº 90-B-7-B, de la Manzana Nº 2, con una extensión superficial de 5,125.75, ubicado en Los Cercos de Gurabo, a razón de RD$2.00 el metro cuadrado, o sea, por el precio total de RD$10,251.50. El mencionado señor ocupa en arrendamiento el indicado solar, en el cual ha levantado un edificio de dos plantas para destinarlo a su residencia familiar, que se encuentra en su etapa final de construcción.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 109º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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