Texto de la norma
Decreto Nº 1647, que designa como "Semana del Cooperativismo", la semana comprendida entre los días 25 al 30 de octubre de cada año.
(G. O. Nº 9249, del 18 de Diciembre de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1647
CONSIDERANDO que el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo, creado con el objeto de fomentar el desarrollo del
sistema cooperativista en la República y de ese modo obtener un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y económicos del país, ha solicitado que se instituya la Semana del Cooperativismo, la cual será celebrada con actos adecuados para exponer los logros alcanzados mediante dicho sistema;
CONSIDERANDO que la valiosa obra que puede realizar el cooperativismo en la República amerita que se dedique una semana de cada año, para poner de relieve la significación de su contenido altamente social;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—La semana comprendida entre los días del 25 al 30 de octubre de cada año, queda designada como la "Semana del Cooperativismo".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de octubre del año mil novecientos setenta y uno, años 128° de la Independencia y 109° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el "Listín Diario", de Santo Domingo, de fecha 25 de Octubre de 1971.
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