Texto de la norma
Decreto Nº 6314, que aprueba la Resolución Nº 46-60 del Ayuntamiento de San Juan de la Maguana, sobre permuta de terreno propiedad del Municipio.
G. O. Nº 8540, del 13 de Enero de 1961.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 6314
VISTA la Resolución Nº 46-60 dictada por el Ayuntamiento del Municipio de San Juan de la Maguana en fecha 30 de noviembre de 1960, por la cual ese organismo dispone permutar una porción de terreno de su propiedad, con una extensión superficial de 19.88 tareas, dentro de la Parcela Nº 80 del Distrito Catastral Nº 1 de dicho Municipio, por otra porción de terreno de 18.67 tareas, propiedad del señor Francisco Estepan, dentro de la Parcela Nº 91 del Distrito Catastral Nº 2 del mismo Municipio, la cual será utilizada para extender la zona urbana;
En virtud de las disposiciones contenidas en el artículo 3 de la Ley Nº 4381 de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 51 inciso 25 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.—Apruebo la Resolución citada en el encabezamiento de este Decreto, y autorizo al Ayuntamiento del Municipio de San Juan de la Maguana, a efectuar la permuta de una porción de terreno de su propiedad, con una extensión superficial de 19.88 tareas, dentro de la Parcela Nº 80 del Distrito Catastral Nº 1 de dicho Municipio, por otra porción de terreno de 18.67 tareas, propiedad del señor Francisco Estepan, dentro de la Parcela Nº 91 del Distrito Catastral Nº 2 del mismo Municipio, la cual sera utilizada para extender la zona urbana.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de
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l&ofesiones, de confoiwiidari con las leves y reglaiiientos de
la irwlei*ia, a las siguientes personm :
'a) A la Doctora Jlaria Cristiiia Garden Mendoza, c~kro.
17armaci.utica; y
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11) A I Si". Ikwtuaso Plans y Sanz, como Doctor en Ve'z-
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la Rephblila Doininicana, a 10s veintinueve dias del nies 61 :
dicienihr-e del mil novecientos sesenta, aiios 117" de la Iridt
pendencia !IN" de la Flestauracjh y ::lo de la Era de Trujillo,
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