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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 6298

QUE CONCEDE A LA EXCELENTISIMA SEÑORA PRIMERA DAMA DE LA REPUBLICA DOÑA MARIA DE LOS ANGELES MARTINEZ DE TRUJILLO, LA ORDEN DEL MERITO A LA ASISTENCIA SOCIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 dic de 1960fecha
Condecoracióntipo
G. O. 8536Gaceta Oficial del 1 ene de 1960
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 6298, que concede a la Excelentísima Señora Primera Dama de la República Doña María de los Angeles Martínez de Trujillo, la Orden del Mérito a la Asistencia Social. G. O. Nº 8536, del 30 de Diciembre de 1960. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 6298 CONSIDERANDO: los altos merecimientos de la Exce- lentísima Señora Primera Dama de la República Doña María de los Angeles Martínez de Trujillo, quien no solamente se ha destacado en el campo de la cultura y de las letras sino que también ha sobresalido por sus sentimientos de altruismo y caridad para con los necesitados; CONSIDERANDO: Que la Excelentísima Señora Primera Dama de la República, fundadora de la Sociedad "Amigos de los Desamparados", institución que está desarrollando un hermoso programa de justicia social y de beneficencia en favor de las madres desvalidas y de la niñez del país, se ha hecho acreedora al reconocimiento público por su noble labor filantrópica; CONSIDERANDO: Que la Orden del Mérito a la Asistencia Social ha sido instituída con el fin de premiar y reconocer los más elevados sentimientos humanitarios; VISTA la Ley Nº 4935 del 7 de junio de 1958, que crea la Orden del Mérito a la Asistencia Social; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Concedo a la Excelentísima Señora Primera Dama de la República Doña María de los Angeles Martínez de Trujillo, la Orden del Mérito a la Asistencia Social, distintivo de plata. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta, años 117º de la Independencia, 98º de la Restauración y 31º de la Era de Trujillo. JOAQUIN BALAGUER.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona