Texto de la norma
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setcnta (1970), aiios 1279 de 11 Independencia y 1089 de la
Restauracih. Dra. Altagracia Bautista de Subrcez, Secretaria,
de Estado de Industria y Comercio. Presidente del Directoria
de Desarrollo hdustrial.
Yo, Ing. Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del Departa-
mento T6cni.x Industrial, CERTIFTCO: que esta decisi6n fue
tomada por 10s miembros del. Djrcctorio de Desarrollo Ipdus-
trial en sesihn celebrada en el Despacho, de la Secre?aria de
Estado de In&.stria y Comercio, el dia 13 de noviembre dn
1970, de la cuaI reposa acta en las archivos del Departamento
Tecnico Industrial. Ing. Juan L, Karte, Secretario E jecutivo
del Departamenf.0 Tdcnico 1ndur.trial”.
Art. 2.-Enviese
a las Secretarias de Estado de Finanzas
y de Industria y Comercio, para Jos fines correspondientes.
DADO el:. Santo Doming0 de Guzmh, Distrito Nacional,
Capital de !a 8epGblica Dominicara, a1 primer dfa del mes de
marzo del afie mil novecientos fietenta y uno, aiios 1289 de lr;
Independencia y 1080 de la Restauracihn.
I
JOAQUIN BALAGUER
Decreto NQ 710, que aprueba la Re2olucibn No 160-70, dol Directorio 3e
Desarrollo Industrial.
(G. 0. NO 9216, del 10 de Marzo de 1971)
I
JOAQUIN BALAGUER
Preside1;;‘ie de la Reptiblica Dominicana
NUMFRO 710
CONSIDI?‘RANDO que la empress Talleres Alce, C. por A.,
clasificada el: la Categoria “C” en virtuc? de la Resoizcih N‘;
147-69 de fecha 28 de noviembre de 1969, modificada por la
NP 33-70 de feeche 3 de abril de 1970, aprobadas por 10s Decrc-
tos Nos. 4713 del 10 de marzo d.e 7970 y 3030 del 12 de mayo
-+-
de 1970, resflectivarnente, soli-ita aumento en algunos de 10s
renglones exonerados ;
I
CONSIDERANDO que el Departamento TCcnico Indus -
trial juzg6 itendible la petici6n forrnulada por la referids
finna;
VISTOS 40s articulos 23 y 38 de la L,ey 14s 299 de Incentivo
y Protecci6n Tndustrial, de fecha 23 de ahril dr: 1968;
En ejercicio de las atribucioncs que me confiere el articulo
65 de la Conglitucion de la RepG‘ilica, dicto e! sigiiiente
D E C R E T O :
Art. l.--Se
aprueba la Resoll-ici6n NQ 160-70 dictsda por
el Directorio tie Desarrollo 1nduu:rial en fecha 11 de diciembrc
de 1970, la ct,itl copiacla textualveente dice asi:
“RESOLI.ICTON NQ 160-70
CONSIDEIL4NDO: Que TALI-ERES ALCE, C. POR A.,
clasifjcada el: base a la Ley NQ 299 del 23 de abril
1968.
en virtud de la ResoIuci6n No 147-69 de fecha 28 de noviembre
de 1969, modifiada por la No 33-70 de fecha 3 de abril de
1970, pide mecliante carta de f e c h 12 de noviembre de 1970,
aumento de a!gunoa cie 10s renglones exonerados.
CONSIDERANDO: AtendiL.16. la petici5n de la menci3.
nada firma.
VISTOS: Los articulos 23 y 33 de la citada ley.
En ejercicio de las facultades que nos confiere dicha ley,
R E S U E I, V E
PRIMERO: Modificar nuevcrnente la indicada ResoluciCIn
NQ 147-69, moclificada por la NO 33-70, para aumentar anual-
mente 10s Ienglones exonerados por dicha resoluci6n:
Marcos de aiuminio para bastidores
contra insecios y para aire acondieio-
nado. .........................
de 1,823 a 3,073 kilos
Accesorios p:a
bastidores (de alu-
rninio). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de
74 a
124 kilos
Tela cel-o-glass (malla plktica) para
Bastidores. ..................... de
341 a
441 kilos
Vinyl (tiras pjhticas). . . . . . . . . . . . de 2,556 a 4,250 kilos
Tela fiber glasP (malla pl5stica p x a
bastidores.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . de
537 a
887 kilos
Masilla para la instalaci6n de ventmas
y puertas.. ....................
de 2,036 a 20,036 kilos
ZEGUNLJO : Solicitar a1 Poder Ejecutivo modificar en
cuanto sea necesario 10s Decretos Nos. 4713 de fecha 10 de mar-
zo de 1970 y 3030 del 12 de mayo ,?el mismo aiio, en virtud de
10s cuales fuewn aprobadas las eitddas Resoluciones Ncs. 147-
69 y 33-70.
DADA 2 3 Santo Doming0 de GuzmGn, Distrito NscionaP,
a 10s once (11) dias del mes de diciembre de mil novecientos
setenta (1973), afios 1279 de la Jndependencia y 108" cle 1,:.
Restauracih Dra. Altagracia Bai tista de SuBrez, Secretaria
de Estado dn Jrrdustria y Comercio. Presidente del Directnrio
de Desarrollo Industrial.
YO, ING. JUAN L. MARTE, Secretario Ejecutivo del De..
partamento TBcnico Industrial, C333TIFICO : Que esta decisi6n
fue tomada pm 10s miembros del Directorio de Desarrdlo In-
dustrial en sesi6n cekbrada en el Despacho de la Secretaria de
Estado de Industria y Comercio, el dia 11 de diciembre de 1970,
de la cual reposa acta en loa archivos del Departamento T6cnico
Industrial. Jng. Juan L. Marte, Secretario Ejecutivo del Depar-
tamento T6cnico Industrial. "
Art. 3.-Se
modifica en cuanto sea necesario 10s Decretos
Nos. 4713 de! 10 de rnarzo de 1970 y 3030 del 12 de mayo dc
? 970, respectivamenle.
Art. 3.-Enviese
a las Secretarias de Estado de Finanzas
y de Industria y Comercio, para 10s fines correspondientes.
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I
DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional,
,Capital de la Kep6blica Dominicana, a1 primer dia de! nies cie
marzo del afiic mil novecientos setenta y uno, afios 128* de la
Independencia :J 1089 de la Restauraci6n.
I
JOAQUIN BALAGUER
It
Decreta NQ 711, que aprueba la Resoluci6n No 129-70, del Directorio d;
Desarrollo Industrial.
(G. 0. No 9216, del 10 de Marzo de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Repablica Dominicana
NUMERO 7di
I
*
CONSIDERANDO que Is empresa “Industrias Sintdticas,
C. por A.” (NDUSIN), obtuvo del Directorio de Desarrolln
;Industrial la ciasificaci6n en !a Catqoria “C”, a fin de acoger-
p a 10s beneiicios de la Ley NO 299 de Incentivo y Protecci6c
Industrial, dc. facha 23 de abril de 1968;
CONSIDFRANDO que para dktar su Resolucih el Direc-
torio de Desarc 0110 Industrial con,prob6 que la empresa soli&
tante reunia las condiciones exigidas por la Ley NQ 299 del 23
de abril de 1968;
r
VISTO ei Articulo 38 de la T,ey Np 299 del 23 de abri!
de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
56 do la Constitucih de la Repliblica, dicto el siguiente
I
D E C R ’ E T O :
Art. 1.-Se
aprueba la Resolucidn NP 129-70 del Directorjo
i-’
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.