Texto de la norma
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 666
VISTA la Resolución Nº 1521-70 de fecha 2 de junio de 1970, dictada por el Ayuntamiento del Municipio de Santiago;
En virtud de lo que dispone el articulo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a donar en favor de la Asociación de Comerciantes y Detallistas de Provisiones Inc., de dicha localidad, el solar municipal Nº 6 de la manzana Nº 6-1, con una extensión superficial 1,454.10 metros cuadrados, cuyos linderos son los siguientes: Al Norte, Solares municipales Nos. 5 y 7; al Sur, calle "B"; al Este, calle Proyecto; y al Oeste, calle Proyecto. La donación del citado solar se hará bajo la condición de que la mencionada Asociación construya en el mismo un edificio moderno para su alojamiento, dentro del término de un año, a partir de la fecha del acto de donación que al efecto intervenga.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y uno, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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