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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 661

QUE DISPONE QUE LA ORGANIZACION DE CERTAMENES PARA REPRESENTAR LA REPUBLICA EN CONCURSOS DE BELLEZA, CARNAVALES FESTIVALES FOLKLORICOS O CUALQUIER OTRO ACONTECIMIENTO DE CARACTER INTERNACIONAL DEBERA SER EFECTUADA POR LA DIRECCION NACIONAL DE TRURISMO O CON LA APROBACION DE DICHO DEPARTAMENTO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 feb de 1971fecha
Designacióntipo
G. O. 9215Gaceta Oficial del 1 ene de 1971
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 661, que dispone que la organización de certámenes para representar la República en concursos de belleza, carnavales, festivales folklóricos o cualquier otro acontecimiento de carácter internacional deberá ser efectuada por la Dirección Nacional de Turismo o con la aprobación de dicho Departamento. (G. O. Nº 9215, del 24 de Febrero de 1971) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 661 CONSIDERANDO que es necesario tomar medidas que permitan que la República sea debidamente representada en certámenes internacionales de belleza, en festivales folklóricos, o carnavales y en otros acontecimientos de este género; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—La organización de certámenes para representar la República en concursos de belleza, carnavales, festivales folklóricos o cualquier otro acontecimiento de carácter internacional, deberá ser efectuada por la Dirección Nacional de Turismo o con la aprobación de dicho Departamento. Art. 2.—La Dirección Nacional de Turismo queda encargada de la ejecución del presente Decreto. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y uno, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el "Listín Diario", del 19 de Febrero de 1971.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona