Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Decreto Nº 742, que aprueba la Resolución Nº 176-74-MC, del Directorio de Desarrollo Industrial.
(G. O. Nº 9373, del 12 de Julio de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 742
CONSIDERANDO que la empresa COMPAÑÍA DOMINICANA DE ALIMENTOS LACTEOS, S. A. (CODAL), clasificada en la Categoría "B" mediante Resolución Nº 27—68, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 8 de noviembre de 1968, aprobada por el Decreto Nº 3077, de fecha 6 de diciembre del mismo año, modificada por las Resoluciones Nos. 139—70, 135—71—MC y 188—71—MC, de fechas 13 de noviembre de 1970, 30 de julio y 5 de noviembre de 1971, aprobadas por los Decretos Nos. 687, 1898 y 2096 de fechas 22 de febrero y 17 de diciembre de 1971 y 20 de marzo de 1972, respectivamente;
CONSIDERANDO que la referida empresa ha solicitado la sustitución del renglón RC-880, por los siguientes productos químicos: Acido fosfórico, jabón en polvo industrial, amoniaco en solución, ácido láctico y ampollas de hidróxido de sodio en la clasificación que disfruta;
CONSIDERANDO que el Directorio de Desarrollo Industrial estimó procedente la referida solicitud;
VISTOS los Artículos 23 y 38 de la Ley Nº 299 de Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se aprueba la Resolución Nº 176—74—MC, del Directorio de Desarrollo Industrial, de fecha 6 de diciembre de 1974, que copiada textualmente dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.