Texto de la norma
Decreto Nº 706, que autoriza la impresión de sellos para documentos. (G. O. Nº 9372 del 25 de Junio de 1975)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 706
VISTA la Ley Nº 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$0.25, numerados del 001 al 300000, color anaranjado, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$0.50, numerados del 001 al 500000, color azul claro, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
1,000,000 (UN MILLON) de sellos del tipo de RD$1.00, numerados del 001 al 1000000, color verde claro, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$2.00, numerados del 001 al 500000, color sepia, en papael especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.
Art. 2.—Queda derogado el Decreto N° 579, de fecha 14 de febrero de 1975.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y cinco; años 132° de la Independencia y 112° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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