Texto de la norma
Decreto Nº 1239, que autoriza al Ayto. del Municipio de Santiago a vender un solar de su propiedad.
(G. O. Nº 9237, del 22 de Julio de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1239
VISTA la certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Santiago en fecha 3 de junio de 1971, en relación con lo resuelto por dicho Ayuntamiento en la sesión ordinaria de fecha 6 de abril del citado año, según consta en el párrafo 1) del Acta Nº 10 correspondiente a la indicada sesión;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del
Municipio de Santiago a vender en favor de la Asociación de Padres y Amigos del Colegio Salvador Cucurullo Inc., la parcela Nº 7-C-7-B-30, del Distrito Catastral Nº 8 de dicho Municipio, sitio de Rincón Cargo, con una extensión superficial de 3,144.00 metros cuadrados, a razón de RD$0.50 el metro cuadrado. La mencionada asociación posee en arrendamiento la indicada porción de terreno, donde será nuevamente instalado el citado plantel docente.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de julio del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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