Texto de la norma
Decreto Nº 1139, que autoriza la impresión de estampillas para bebidas alcohólicas.
(G. O. Nº 9235, del 14 de Julio de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1139
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza la impresión de tres millones (3,000,000) de estampillas para bebidas alcohólicas del tipo de RD$-0.02 ½, numeradas del 75001 al 307500, color rosado, con el nombre de Manuel de Js. Tavárez, Sucs., C. por A., las cuales serán impresas utilizando el mismo diseño de las estampillas anteriores similares.
Art. 2.—Se autoriza la impresión de trescientos mil (300000) estampillas para bebidas alcohólicas del tipo de RD$0.05, numeradas del 50001 al 350000, color amarillo, con el nombre de Manuel de Js. Tavárez, Sucs., C. por A., las cuales serán im-
presas utilizando el mismo diseño de las estampillas anteriores similares.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de junio del año mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.