Texto de la norma
Decreto Nº 1118, que modifica el Art. 1ro. del Decreto No. 532, de fecha 24 de diciembre de 1970.
(G. O. Nº 9235, del 14 de Julio de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 1118
VISTA la Ley Nº 344, de fecha 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se modifica el artículo 1ro. del Decreto Nº 532, de fecha 24 de diciembre de 1970, a fin de que rija con el siguiente texto: "Art. 1.—Se declara de utilidad pública e interés social, a fin de que sean cedidos por el Estado al Instituto de Auxilios y Viviendas para la construcción de una urbanización, la adquisición por el Estado Dominicano de 27,741.96 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela Nº 103 del Distrito Catastral Nº 3 del Distrito Nacional, propiedad de la Misión Evangélica de las Antillas, Inc., con los siguientes linderos: al Norte, Avenida 27 de Febrero; al Este, calle en proyecto; al Sur, Parcela Nº 210; y al Oeste, parte de la misma parcela".
Art. 2.—Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de junio del mil novecientos setenta y uno, años 128º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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